NOTA: Si desea conocer las restantes alegaciones de ADEPA o de Fundación sierra minera pulse en los nombres respectivos.
15ª.- Alegación- Alegamos la clasificación indebida como suelo urbanizable de la parte del área de actuación “Novo Cartago”
que representamos con puntos rojos en la ilustración nº 15. Dicha zona
forma parte del entorno del BIC San Ginés de la Jara según la
delimitación establecida por la Dirección General de Bienes culturales;
reflejada en la cartografía regional; y reconocida en la modificación
firme 113 del PGOU de 1987 de 31-3-2005, aprobada por el Ayuntamiento de
Cartagena (Ilustración 16).
En la ficha de ámbito NOVO CARTAGO (Ilustración nº 14) se expresa claramente que se impedirá la edificación en altura en el ámbito del BIC, lo que es totalmente inadecuado y debe corregirse:
Reclamamos para ese suelo la calificación de “Suelo no urbanizable de protección especifica de patrimonio histórico”
que hemos reclamado en la alegación nº 4, la no confusión con espacios
generales de espacios libres y el cambio de las previsiones
constructivas anulando la edificación en altura en el entorno del BIC.
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